Buenas, a ver si alguien me puede ayudar. Voy a realizar un viaje con mi mk1 de 1969 a la concentración de Speyer (Alemania). La primera matriculación del coche fue en Francia. Nunca he conducido un coche de esta antigüedad por carreteras fuera de España y me surgen algunas dudas respecto a si puedo tener alguna pega al circular actualmente por Francia o Alemania. Lo que me preocupa es el sistema de alumbrado y señalización del capri, pues dada su antigüedad tiene las siguientes peculiaridades:
LAS LUCES DELANTERAS (de posición, cruce y carretera): son color amarillo selectivo. En España está permitido dada la antigüedad del coche, de hecho en la ITV no me comentaron nada al respecto ya que en el Decreto246/1971 así se permitía; además en el Decreto 2822/1998 sobre el Reglamento Gral. de Vehículos se indica que los vehículos matriculados o puestos en circulación con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento pueden seguir circulando bajo las mismas condiciones técnicas con que fueron admitidos. Desconozco si este reglamente tiene validez en la UE.
LUZ ANTINIEBLA TRASERA: mi coche no tiene, y el Decreto de 1971 no hace ningún comentario sobre la existencia de estas luces, únicamente dice que los vehículos “pueden” llevar alumbrado de niebla delantero; por lo tanto no debía ser obligatorio; de hecho en la ITV no me pusieron ninguna pega. Lo que me llama la atención es que he vistos bastantes coches clásicos a los que les ponen una luz supletoria antiniebla trasera, no sé si en algún país de Europa es obligado con independencia de la antigüedad del vehículo; la verdad es que no me gustaría ponerle un mamotreto de esos a mi coche.
INDICADOR DE MARCHA ATRÁS: son de color amarillo-auto. Este color estaba permitido en el indicado Decreto de 1971. Lo normal para España es que fueran de color blanco, pero mi coche se matriculó por primera vez en Francia y allí debía de ser algo habitual. En la ITV no me comentaron nada al respecto, aunque como están tan bajas creo que ni las vieron. Hace poco compré en Ebay unos plásticos bancos para sustituirlos si fuese necesario.
SEÑALIZACIÓN DE AVERÍA: mi coche no tiene. El Decreto de 1971 dice que los vehículos “pueden” llevar un dispositivo de señalización de avería que ponga en servicio todos los indicados de dirección (curiosamente indica que sólo puede entrar en servicio con el vehículo en movimiento) entiendo que antes no era obligatorio, de hecho en la ITV no me comentaron nada al respecto. Lo que no sé si en algún país de Europa es obligado con independencia de la antigüedad del vehículo.
Bueno, menudo rollo he soltado. Espero que alguien me pueda ayudar.
Por si le resulta de interés para alguien, dado que mi coche tiene matrícula antigua -sin el distintivo de la U.E.- para circular fuera de nuestro país es obligatorio llevar la típica pegatina ovalada de color blanco con la E de España (ojo están reguladas sus dimensiones y color, así que nada de colorines)
Gracias
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